a
Aynes & Abril Abogados Asociados © 2006-2020.
All rights reserved. By WCS Studio

Facebook

Instagram

YouTube

WhatsApp

Menu
 

FAQ

Particularidades del derecho internacional privado.
AAB-AA LAW > FAQ

PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Puedo obtener una autorización de residencia de inversor si estoy en España?

    Puede obtener su autorización de inversor de dos formas:
    1. Si se encuentra fuera de España puede solicitar en el consulado de su país de residencia visado de inversor, que le permitirá residir en España hasta un año. Durante ese periodo podrá solicitar la autorización de residencia de inversor.
    2. Si ya se encuentra en España de forma regular (en una estancia de corta duración o como titular de una autorización de estancia por estudios o de residencia) puede solicitar directamente la autorización de residencia ante la Unidad de Grandes Empresas, sin necesidad de tramitar previamente el visado de inversor.
  • Si se solicita autorización de residencia para familiares, ¿es necesario invertir las cantidades que exige la Ley 14/2013 (500.000 € en inmuebles, 1 millón en acciones, participaciones o depósitos) por cada uno de los familiares?

    No se requiere una inversión adicional por cada miembro de la familia.

    Esa autorización depende de la del inversor y para obtenerla debe acreditar que cumple los requisitos generales, entre ellos, que el inversor dispone de recursos económicos para su familia, así como el seguro médico correspondiente.

    A modo que por ejemplo, si un matrimonio adquiere un inmueble de 1.000.000 €, ambos cónyuges podrán obtener un visado de inversor. Si el inmueble tiene un valor de 500.000 €, el comprador podrá obtener el visado de inversor y su cónyuge como familiar.

  • ¿Puede realizarse la inversión a través de persona jurídica?

    Si, siempre y cuando esté domiciliada en un territorio que no tenga la condición de paraíso fiscal conforme con la normativa española, si el solicitante debe tener la mayoría de sus derechos de voto y tener la facultad de nombrar y destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.
  • ¿Qué documentación concreta tengo que presentar para obtener la autorización de residencia en España?

    Deben acreditarse los requisitos generales y los específicos establecidos para cada tipo de autorización. Puede consultar el listado de la documentación a presentar en este enlace según el tipo de la autorización:

    Sigue el link

  • ¿Los titulares de un visado de inversión pueden entrar a cualquier Estado de la Unión Europea? ¿Pueden hacerlo más de una vez?

    Los extranjeros titulares de un visado de larga duración o de un permiso de residencia expedido por uno de los Estados miembros podrán, al amparo de dicho permiso y de un documento de viaje válido, circular libremente durante tres meses como máximo, en cualquier período de seis meses, por el territorio de los demás Estados miembros.
  • ¿Quién es el solicitante de cada autorización y quien puede presentar la solicitud?

    El solicitante, según el tipo de autorización, puede ser:

    Autorizaciones iniciales:

    • En el caso de inversores y emprendedores, el propio extranjero
    • En autorizaciones para profesionales altamente cualificados, investigadores o traslado intraempresarial, la empresa o entidad que requiere los servicios del extranjero

    En autorizaciones de familiares:

    • Si la solicitud se presenta conjuntamente con la del titular, será el titular ( en el caso de inversores y emprendedores ) o la empresa o entidad (en el caso de profesionales altamente clasificados, investigadores o traslado intraempresarial)
    • Si la solicitud se presenta en otro momento podrá ser uno de los anteriores o bien el propio familiar

    Las renovaciones se presentan por el propio extranjero titular de la autorización (los familiares solicitan la renovación de su propia autorización)

    Las solicitudes las puede presentar el propio solicitante o a través de un representante.

  • ¿Cómo se tramita la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)?

    Los extranjeros a los que se haya expedido un visado de residencia al amparo de esta norma pueden permanecer en España por un periodo de un año autorizando la residencia de su titular en España sin necesidad de tramitar la tarjeta de identidad de extranjero.

    Sin embargo, quienes obtengan una autorización de residencia al amparo de la Ley 14/2013 deberán solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero. En la resolución de concesión de la autorización se indica el procedimiento, documentación y donde puede solicitarse.

  • ¿Tengo que presentar copias y originales?

    Cuando de presente la solicitud personalmente, debe llevar original y copia. Si lo presente en un registro público, debe llevar original y copia y remitir únicamente copia compulsada
  • ¿Dónde puedo encontrar modelos de solicitudes?

    Encontrará los modelos de solicitud de autorización de residencia en este enlace:

    Sigue el link

  • ¿Pueden los familiares trabajar con su autorización de residencia?

    Sí. La disposición adiciona cuarta de la Ley 14/2013 establece que las autorizaciones de residencia autorizan a residir y trabajar (tanto por cuenta ajena como por cuenta propia).
  • ¿Qué se entiende por seguro público o privado?

    Durante su residencia en España el extranjero debe tener la cobertura, bien de la sanidad pública o bien de la un seguro privado.

    No se exige acreditar seguro cuando existe la perspectiva de que el extranjero( así como sus familiares ) va a ser asegurado del Sistema Nacional de Salud, por darse de alta en la Seguridad Social como consecuencia del contrato laboral o una relación profesional.

    En el caso de los emprendedores, si no se va a poner en marcha la actividad con carácter inmediato, se aceptan seguros con una vigencia limitada (por ejemplo seguros de viaje, que suelen tener una vigencia de tres meses).

    En el resto de casos debe contarse con un seguro público privado de enfermedad concretado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España, para una cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud y por la duración de su autorización o al menos de un año prorrogable (no son válidos seguros de viaje).

  • ¿Cómo puedo acreditar disponer de medios económicos?

    La ley no establece un importe económico ni una documentación concreta. Por lo tanto podrá acreditar que dispone de medios económicos por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Por ejemplo, con la oferta de contrato de trabajo, nóminas, el saldo medio anual actualizado de cuentas bancarias, depósitos, etc.
  • ¿Es necesario presentar los documentos extranjeros traducidos y legalizados?

    Todos los documentos deben estar traducidos al castellano. En el caso de documentos públicos extranjeros deberán, además llevar la apostilla del Convenio de la Haya.
  • ¿Qué requisitos hay que cumplir para renovar la autorización?

    La autorización inicial y las renovaciones se concederán por dos años o por la duración de la relación laboral o profesional si no se trata de un contrato indefinido y su duración es inferior. En el caso de inversores, la renovación será por periodos de cinco años.

    Para renovar la autorización hay que haber mantenido las condiciones que dieron origen a la autorización. Es decir:

    • En el caso de inversores es necesario haber mantenido la inversión inicial
    • En el caso de emprendedores debe haberse mantenido el proyecto en los términos en los que se estimó que era un proyecto de interés general
    • En el caso de profesionales altamente cualificados, investigadores y traslado intraempresarial debe mantenerse la relación laboral o profesional.
    • En el caso de los familiares, podrán renovar su autorización si el extranjero que les da derecho renueva la suya y se mantiene, en el caso de los ascendientes e hijos mayores de 18 años, la dependencia económica.